jueves, 11 de diciembre de 2008

Análisis del Artículo 133

ARTÍCULO 133 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (“LOT”)

El artículo 133 da una descripción completa del concepto del salario, también explica lo que incluye y excluye el salario y/o sueldo.

Podemos decir, que cuando las leyes o la reforma se expresan de la remuneración que recibe el trabajador por sus servicios prestados llamado: salario, salario normal o sueldo se está refiriendo al mismo término, que es toda remuneración recibida por el empleado en efectivo, sin embargo, los patrones incluyen otros beneficios para sus trabajadores como: bonos, utilidades, alimentación, subsidios, guarderías, servicios de comedores, gastos médicos y/o funerarios, medicinas, útiles escolares, becas, juguetes, cursos de capacitaciones, entre otros, que recibe el trabajador permanentemente pero que no son parte del salario normal al menos que se exprese en el contrato ya sea individual o colectivo. Es decir, quedan excluidos del sueldo todos aquellos beneficios sociales de los cuales goza el trabajador, ya que no son pagos regulares ni permanentes. Las utilidades laborales no son parte del salario normal porque como se expresa anteriormente no son pagos regulares ni permanentes, y el pago es dependiendo de cómo le vaya a la empresa en un año determinado.

También en el artículo 133 dice que los patrones están en la obligación de informar por escrito tanto las asignaciones como deducciones salariales correspondientes mensualmente para evitar mala relación laboral o malos entendidos entre patrones y empleados. Como también se especifica que no es computable en las prestaciones el 20% del salario si tal fue acordado entre patrones y trabajadores, es decir, aquí la ley da libertad a las partes a fin de flexibilizar las negociaciones patrón / trabajador incluyendo los contratos individuales.

El salario base es el que se toma como base para el cálculo que tengamos que hacer para calcular las prestaciones.

El salario normal es el percibido en forma regular y permanente, excluyendo por tanto las horas extras, domingos trabajados y las utilidades de fin de año para el pago de contribuciones.

El Salario Integral o Salario es el que incluye todo lo cobrado como por ejemplo horas extras, se emplea en la ley para el cálculo de las prestaciones de antigüedad e indemnizaciones por despidos.

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